Cómo asociarse a AECOR

Para asociarse a AECOR:
Cualquier empresario, profesional, persona jurídica, pública o privada, relacionada con la acústica, que crea reunir las condiciones necesarias para ser admitido como asociado deberá:
A) Presentar su solicitud razonada por escrito a la Junta Directiva, expresando su solicitud, y aceptando los deberes y derechos de un asociado, que se muestran a continuación.
B) Acompañará a su escrito de solicitud una relación de sus actividades que estén relacionadas con los fines de la asociación.

Podrá enviar su solicitud por correo electrónico.

Derechos de los socios

  1. Disponer de los servicios y prestaciones que la Asociación pueda proporcionarles.
  2. Asistir a las reuniones que se convoquen.
  3. Intervenir y emitir su voto en los debates de las reuniones en las que se tome parte
  4. Elegir y ser elegible para puestos de representación y ostentar cargos directivos de carácter electivo.
  5. Ejercer la representación que en cada caso se les confiera.
  6. Informar y ser informado, oportunamente, de las situaciones de la Asociación y de las cuestiones que les afecten.
  7. Expresar cualquier opinión relacionada con los asuntos de la Asociación que directamente les afecten o se discutan en el Orden del Día de una reunión y formular propuestas.
  8. Solicitar la colaboración de la Asociación para la defensa de sus intereses.
  9. Examinar los libros de contabilidad, Actas, Libro de Registro de Asociados y la documentación de la Asociación.
  10. Cualquier otro derecho que la Ley o la Asamblea General establezcan o reconozcan.

Obligaciones de los socios

  1. Asistir por sí, o por representación, a las reuniones estatutariamente convocadas.
  2. Participar en la elección de puestos de representación y cargos directivos.
  3. Previa su aceptación, desempeñar los puestos para los que hayan sido elegidos.
  4. Cumplir los presentes Estatutos y los acuerdos válidamente adoptados y, en general, ajustar su actuación, dentro de la Asociación, a las leyes, a las normas estatutarias y reglamentarias y a los principios de la ética profesional.
  5. Respetar la libre manifestación de pareceres y no entorpecer directa o indirectamente las actividades de la Asociación.
  6. Satisfacer puntualmente las cuotas sociales y derramas que se acuerden.
  7. Facilitar a la Asociación la documentación pertinente en la que se consigne el nombre del asociado, domicilio, centros de trabajo o de estudio y los datos e informaciones necesarias para el desarrollo de las actividades enumeradas en el artículo 7 de los Estatutos, siempre con garantía del secreto profesional.
  8. Cualquier otra obligación que acuerde la Asamblea General.

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